Seguro de comunidad, por TGF administración de fincas Parla

 

Los datos provisionales recabados por Investigación Cooperativa de Entidades Aseguradoras (ICEA) y recogidos por la patronal UNESPA muestran que los ingresos de las aseguradoras por la venta de pólizas a cierre de 2019 ascendieron a 64.155 millones de euros. Según ha podido conocer TGF Administración de Fincas Parla, seguros que protegen inmuebles de viviendas, comercios, industrias o comunidades de vecinos crecieron un 3,96%, hasta los 7.521 millones.

¿Resulta obligatorio?

No existe legislación nacional que exija contratar un seguro de comunidad a los inmuebles con división horizontal, pero sí normativas autonómicas que señalan la obligatoriedad de su contratación so pena de sanciones en caso de incumplimiento.

A ese respecto, todas las comunidades de Madrid (ámbito de actividad de TGF Administración de fincas Parla) y Valencia deberán suscribir una póliza que cubran los riesgos de incendio y daños a terceros. Más en detalle:

  • Comunidad Valenciana: La Ley 85/2004, de 20 de Octubre, en su artículo 30 establece que «es obligatorio que los edificios de viviendas estén asegurados contra el riesgo de incendios y por daños a terceros.la comunidad de propietarios deberá suscribir estos seguros para los elementos comunes de todo el inmueble.
  • Comunidad de Madrid: En el apartado de Medidas para la Calidad de la Edificación, el artículo 21 de la Ley Madrid 2/1999, de 17 de Marzo, establece que «…todo edificio deberá estar asegurado por los riesgos de incendio y daños a terceros…» considerando una infracción muy grave la falta de suscripción de dichos seguros.

Cobertura del seguro comunitario

Los inmuebles agrupados en comunidades de vecinos presentan determinados riesgos que resulta necesario prevenir. Los más habituales son los de incendios y el de responsabilidad civil.

Las pólizas de seguro con coberturas específicas o multirriesgopermiten a las comunidades prevenirse y protegerse de los efectos de estos y otra clase de imprevistos: la rotura de cristales, los daños por agua, el robo, etc.  Entre las prestaciones:

  • Básicas (incendio, explosión, caída de rayos, humo, fenómenos eléctricos, vandalismo…).
  • Opcionales (envío de profesionales de servicios de fontanería, cerrajería…, reparación y reposición de daños por acción del agua…

Seguro y administración de fincas Parla

El artículo 20 de la Ley de la Propiedad Horizontal recoge en uno de sus puntos que corresponde al administrador «…velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, atender a la conservación y entretenimiento ,ejecutar los acuerdos en materia de obras, aplicando las normas y modalidades contractuales más favorables, las que reciba por mandato de quien contrata sus servicios y de aquellas que emanan del sentido común.»

Si nos centramos en la cuestión del seguro de la comunidad en el ámbito madrileñó, donde resulta obligatorio, un profesional de la administración de fincas Parla es la persona idónea para asesorar y gestionar la cobertura de la póliza más adecuada entre las diferentes opciones del mercado.

Si nos necesitas, contacta con TGF Administración de Fincas Parla.